El interés superior de menor como principio interpretativo, derecho sustantivo y norma de procedimiento
El pasado viernes, 20 de febrero de 2015, el Consejo de Ministros aprobó la remisión a las Cortes de los Proyectos de Ley de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia.
Esta reforma convierte a España en el primer país en incorporar el interés superior del menor como principio interpretativo, derecho sustantivo y norma de procedimiento, como recomendó la ONU en 2013.
A consecuencia de esto, todos los anteproyectos de ley y proyectos de reglamentos deberán evaluar su impacto en la infancia y en la adolescencia antes de ser aprobados.
Además:
– Se agilizan los procesos de acogimiento y adopción para favorecer que los niños, especialmente los menores de 3 años, permanezcan con una familia.
– La reforma reconoce como víctimas de la violencia de género a los menores, y prevé que puedan permanecer con sus madres.
– Se establece el requisito de no haber sido condenado por abusos o explotación infantil para acceder a profesiones que impliquen contacto frecuente con niños
– Se modifica la Ley de Protección de Familias Numerosas para asegurar que conserven el título mientras al menos uno de los hijos tenga menos de 21 años o 26 si está estudiando
Estos Proyectos de Ley llevan por título:
– Proyecto de Ley de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia
– Proyecto de Ley Orgánica de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia
Y se pueden consultar en la Web del Observatorio de la Infancia del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.