Se aprueba la Ley sobre drogas del Principado de Asturias

Publicado el 26 noviembre, 2021

Aspira a modificar los hábitos sociales de consumo y eleva a los 18 años la edad legal para ingerir alcohol

La Junta General aprobó el pasado 6 de marzo por unanimidad la Ley del Principado de Asturias de Atención Integral en Materia de Drogas y Bebidas Alcohólicas, con la que el Gobierno autonómico aspira a modificar los hábitos sociales de consumo y sus repercusiones en la salud y en la sociedad.

La Ley se ha publicado en el BOPA de 20 de marzo de 2015.

Los objetivos prioritarios de la norma son la reducción de riesgos y daños causados por las drogas, a través de medidas de promoción de la salud y de prevención, y la atención integral a los consumidores, mediante una oferta de calidad centrada en sus necesidades, la búsqueda de la incorporación social efectiva y el trabajo conjunto con la sociedad.

Uno de los aspectos más novedosos de la ley es que prohíbe el consumo de alcohol en menores de edad para cumplir con el límite legal establecido en el resto de España, una decisión que se ha demostrado útil para combatir la morbilidad y mortalidad por accidentes de tráfico y aumentar la seguridad vial.

Respecto al tabaco, el anteproyecto se remite a las limitaciones a la venta, consumo, publicidad y promoción del tabaco establecidas en la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad.

En materia de fármacos, estupefacientes y psicotrópicos, regula la obligación de elaborar y proporcionar información actualizada a profesionales y ciudadanos sobre la utilización adecuada de medicamentos capaces de producir dependencia y el establecimiento de protocolos de detección de abuso de psicofármacos. Asimismo, se prohíbe la venta, dispensación o publicidad de sustancias autorizadas para determinados usos y formas de administración, que se vendan, dispensen o publiciten para un uso o forma de administración que produzca efectos nocivos para la salud o cree dependencia, constituyendo un riesgo para la salud individual y colectiva.

La norma tiene una clara vocación reeducadora y promotora de salud y valora el carácter correctivo de las sanciones por conductas inapropiadas de los menores, siempre informadas a los padres o tutores. En función de la gravedad, se establecen multas y hasta el cierre temporal, total o parcial de los establecimientos infractores cuando se trata de adultos con plena capacidad de obrar en la venta, la publicidad o inducción al uso inadecuado de drogas.El Ejecutivo considera que las adicciones vinculadas a usos sociales de gran aceptación como el alcohol o los psicotrópicos exigen actuaciones trasversales basadas en el principio de colaboración entre los servicios públicos y el compromiso de todos los agentes sociales, las familias y las asociaciones, con el objetivo de generar cambios de conducta en la cultura del consumo, intensamente vinculada al disfrute del ocio. Del mismo modo, los ámbitos de atención preventiva a nivel educativo, laboral y comunitario exigen una sólida cooperación entre instituciones y entre los diferentes organismos que intervienen en este campo.

También podría interesarle